La Audiencia Nacional declara nulos los servicios mínimos del sector de seguridad privada en dependencias de la administración pública
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La Audiencia Nacional declara nulos los servicios mínimos del sector de seguridad privada en dependencias de la administración pública
La Audiencia Nacional ha declarado nula de pleno derecho la Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad por vulnerar el derecho de huelga que determinaba los servicios mínimos de seguridad privada existentes en juzgados, hospitales, tribunales y dependencias de la Administración Pública durante el desarrollo de la huelga general del 29 de septiembre de 2010 en contra de las pretensiones del Abogado del Estado y APROSER.
Según señala la Sentencia, "por su propia naturaleza, la huelga supone anormalidad en el servicio que se presta, es decir, como ha señalado el intérprete de la Constitución, la huelga no puede significar en principio el funcionamiento normal del servicio, pues para que produzca los objetivos deseados por quienes la llevan a cabo es preciso que mantenga capacidad de presión suficiente, incidiendo en el servicio que se presta perturbándolo hasta límites que se encuentren dentro de lo razonable.".
Queda demostrado, como bien sabemos los que integramos el personal de seguridad privada, que la Administración desde el Ministerio del Interior nos fija unos servicios mínimos absolutamente desproporcionados y abusivos, así como inconstitucionales, de forma consciente y premeditada, impidiéndonos y negándonos nuestro legítimo derecho a la huelga.
Esta es la sentencia:
Según señala la Sentencia, "por su propia naturaleza, la huelga supone anormalidad en el servicio que se presta, es decir, como ha señalado el intérprete de la Constitución, la huelga no puede significar en principio el funcionamiento normal del servicio, pues para que produzca los objetivos deseados por quienes la llevan a cabo es preciso que mantenga capacidad de presión suficiente, incidiendo en el servicio que se presta perturbándolo hasta límites que se encuentren dentro de lo razonable.".
Queda demostrado, como bien sabemos los que integramos el personal de seguridad privada, que la Administración desde el Ministerio del Interior nos fija unos servicios mínimos absolutamente desproporcionados y abusivos, así como inconstitucionales, de forma consciente y premeditada, impidiéndonos y negándonos nuestro legítimo derecho a la huelga.
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