DILIGENCIA DE ORDENACIÓN SENTENCIA DE LA TIP SIN DNI
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DILIGENCIA DE ORDENACIÓN SENTENCIA DE LA TIP SIN DNI
Seguimos informando:
El pasado día 17 de Mayo de 2016 el Tribunal libró una DILIGENCIA DE ORDENACIÓN para el cumplimiento de la sentencia que ordena eliminar el DNI de la TIP de Vigilantes de Seguridad, de Explosivos, de Escoltas Privados, de Jefes y Directores de Seguridad y de Detectives Privados. Os ponemos el contenido de la misma, del que se han eliminado algunos datos personales por cuestión de protección de datos.
Esta es:
Núm. Secretaría: 147/14 E
RECURRENTE: ADMINISTRACION DEL ESTADO
REPRESENTACIÓN: ABOGADO DEL ESTADO
RECURRIDO: AGRUPACIÓN SINDICAL PROFESIONAL DEL PERSONAL HABILITADO DE SEGURIDAD PRIVADA Y UNION NACIONAL DE TRABAJADORES
REPRESENTACIÓN: PROCURADOR Dña.
PROCURADOR Dña.
TRIBUNAL SUPREMO
SALA TERCERA
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN: 003
RECURSO NÚM. 008 / 0000049 / 2014
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia
ILMA. SRA
En Madrid, a diecisiete de Mayo de dos mil dieciséis.
Siendo firme la resolución recaída en los presentes autos y de conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Ley de esta Jurisdicción, remítase testimonio de aquélla para que sea llevada a puro y debido efecto, junto con las actuaciones (2 tomos), expediente administrativo (1 tomo) y pieza de suspensión (1 tomo), de todo lo cual se acusará recibo en el plazo de diez días, indicando en el mismo el órgano responsable de su cumplimiento.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado, procediéndose a remitir por Lexnet la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante la Letrada de la Administración de Justicia, en el plazo de cinco días a contar desde su fecha de notificación. Doy fe.
El pasado día 17 de Mayo de 2016 el Tribunal libró una DILIGENCIA DE ORDENACIÓN para el cumplimiento de la sentencia que ordena eliminar el DNI de la TIP de Vigilantes de Seguridad, de Explosivos, de Escoltas Privados, de Jefes y Directores de Seguridad y de Detectives Privados. Os ponemos el contenido de la misma, del que se han eliminado algunos datos personales por cuestión de protección de datos.
Esta es:
Núm. Secretaría: 147/14 E
RECURRENTE: ADMINISTRACION DEL ESTADO
REPRESENTACIÓN: ABOGADO DEL ESTADO
RECURRIDO: AGRUPACIÓN SINDICAL PROFESIONAL DEL PERSONAL HABILITADO DE SEGURIDAD PRIVADA Y UNION NACIONAL DE TRABAJADORES
REPRESENTACIÓN: PROCURADOR Dña.
PROCURADOR Dña.
TRIBUNAL SUPREMO
SALA TERCERA
CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN: 003
RECURSO NÚM. 008 / 0000049 / 2014
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia
ILMA. SRA
En Madrid, a diecisiete de Mayo de dos mil dieciséis.
Siendo firme la resolución recaída en los presentes autos y de conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Ley de esta Jurisdicción, remítase testimonio de aquélla para que sea llevada a puro y debido efecto, junto con las actuaciones (2 tomos), expediente administrativo (1 tomo) y pieza de suspensión (1 tomo), de todo lo cual se acusará recibo en el plazo de diez días, indicando en el mismo el órgano responsable de su cumplimiento.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado, procediéndose a remitir por Lexnet la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante la Letrada de la Administración de Justicia, en el plazo de cinco días a contar desde su fecha de notificación. Doy fe.
Re: DILIGENCIA DE ORDENACIÓN SENTENCIA DE LA TIP SIN DNI
Para quienes tengan alguna duda sobre el contenido de la DILIGENCIA DE ORDENACIÓN, resumir que sirve para que consten ante el juzgado como informadas las partes, y de paso se le informe al tribunal de que funcionario es responsable del cumplimiento. En cuanto a la posibilidad de recurso, aclarar que lo que se puede recurrir es solo y únicamente esta DILIGENCIA DE ORDENACIÓN, y no se me ocurre que se puede argumentar para oponerse a este mandato. Es algo rutinario, y en mi opinión, se indica para el caso de que contuviese algún error tipográfico o similar, que no es el caso, por lo que no habrá recurso.
Así que en 10 días desde la recepción de la DILIGENCIA, deberían ponerse manos a la obra y comenzar a comerse ese diseño de mierda que nos quisieron imponer sin ningún criterio, y canjearnos las TIP a todos. Eso nos evita tener que pedir la ejecución de la sentencia.
Por cierto, ya tenemos listo el escrito pidiendo la inmediata dimisión de Gándara para ser presentado en nada. Que menudo papelón ha hecho. Se ha lucido a base de bien el comisario de policía multimedia que nos tuvo que tocar. Me gustaría saber si piensa pedirnos disculpas por esta cagada.
Así que en 10 días desde la recepción de la DILIGENCIA, deberían ponerse manos a la obra y comenzar a comerse ese diseño de mierda que nos quisieron imponer sin ningún criterio, y canjearnos las TIP a todos. Eso nos evita tener que pedir la ejecución de la sentencia.
Por cierto, ya tenemos listo el escrito pidiendo la inmediata dimisión de Gándara para ser presentado en nada. Que menudo papelón ha hecho. Se ha lucido a base de bien el comisario de policía multimedia que nos tuvo que tocar. Me gustaría saber si piensa pedirnos disculpas por esta cagada.
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