Sentencia Tribunal Justicia Unión Europea disfrute vacaciones tras incapacidad temporal C 350/06 y C 520/06
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Sentencia Tribunal Justicia Unión Europea disfrute vacaciones tras incapacidad temporal C 350/06 y C 520/06
Interpretación de la Directiva 2003/88/CE. La baja por Incapacidad Temporal no es nunca causa de pérdida del derecho a las vacaciones aunque se agote el año en que se han generado. Se recoge además que la retribución de las vacaciones ha de ser la retribución ordinaria, equivalente a lo que se percibe en los periodos de trabajo efectivo.
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