Publicación en el BOE del convenio colectivo de empresas de seguridad privada 2009-2011
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Publicación en el BOE del convenio colectivo de empresas de seguridad privada 2009-2011
El lamentable convenio que UGT y USO perpetraron ya es oficial. Podéis descargarlo desde aquí.
Re: Publicación en el BOE del convenio colectivo de empresas de seguridad privada 2009-2011
Gracias por el enlace para poder descargar el convenio (que no creo que venga de la palabra conveniente) o mucho ha cambiado el lenguaje desde mi epoca de estudiante.
colchonero- Agente Seguridad Privada
- Mensajes : 22
Fecha de inscripción : 05/02/2011
Re: Publicación en el BOE del convenio colectivo de empresas de seguridad privada 2009-2011
Que va, compañero. O sí, depende de para quien. A la patronal sí que le conviene como se puede ver.
DUDA SOBRE UN ARTICULO DEL CONVENIO ART.41
ART. 41 "Asimismo, si un trabajador por necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes."
Esto quiere decir que si despues de dos meses la empresa no te ha mandado a ningun servicio no te puede descontar las horas al tercer mes??????.
Me explico yo en febrero, marzo y abril en el cuadrante que me dio la empresa no llegue a las horas y al cobrar la nomina de junio no me han pagado las horas que hice en mayo porque me han descontado las horas que debia en esos meses.
Según el art.41 entiendo que despues de dos meses no te pueden reclamar las horas.
Si alguien me lo pudiera aclarar.
Gracias.
Esto quiere decir que si despues de dos meses la empresa no te ha mandado a ningun servicio no te puede descontar las horas al tercer mes??????.
Me explico yo en febrero, marzo y abril en el cuadrante que me dio la empresa no llegue a las horas y al cobrar la nomina de junio no me han pagado las horas que hice en mayo porque me han descontado las horas que debia en esos meses.
Según el art.41 entiendo que despues de dos meses no te pueden reclamar las horas.
Si alguien me lo pudiera aclarar.
Gracias.
menchu2410- Agente Seguridad Privada
- Mensajes : 14
Fecha de inscripción : 19/06/2011
Re: Publicación en el BOE del convenio colectivo de empresas de seguridad privada 2009-2011
Si en los dos meses siguientes al que se produce el déficit de horas no se recuperan, la empresa pierde esas horas y no puede reclamarlas al trabajador. Del mismo modo no puede reclamarlas en esos dos meses siguientes en caso de que existan otros servicios en los que se hagan horas extras en el periodo del déficit.
En tu caso sería correcto que te descuenten en Junio las horas que debas de Abril y Mayo, salvo que en esos meses en que no llegaste al cómputo en tu empresa otros compañeros hiciesen horas extras. En este caso deberás denunciar ese hecho para reclamar que se te devuelva lo descontado si por las buenas la empresa se niega, que seguro que se negará. Pero ahí entramos en el terreno de echarle huevos e ir contra la empresa.
En tu caso sería correcto que te descuenten en Junio las horas que debas de Abril y Mayo, salvo que en esos meses en que no llegaste al cómputo en tu empresa otros compañeros hiciesen horas extras. En este caso deberás denunciar ese hecho para reclamar que se te devuelva lo descontado si por las buenas la empresa se niega, que seguro que se negará. Pero ahí entramos en el terreno de echarle huevos e ir contra la empresa.
HORAS VENCIDAS
En febrero, marzo y abril no llegue a las horas y en mayo hice 5o horas extras, al cobrar las horas a mes vencido cuando me ha llegado la nomina el 1 de julio no he cobrado horas las horas que hice en mayo porque me han descontado las horas que debia de febrero marzo y abril. Es correcto???????
menchu2410- Agente Seguridad Privada
- Mensajes : 14
Fecha de inscripción : 19/06/2011
Re: Publicación en el BOE del convenio colectivo de empresas de seguridad privada 2009-2011
Hace falta saber cuantas horas debías los dos meses anteriores al descuento en Junio, pero si son 50 horas o mas las que debes, sí sería correcto el descuento, porque no serían horas extras, sería recuperación de las no trabajadas los dos meses anteriores. Siempre que en tu empresa no se hicieran en ese periodo horas extras en algún otro servicio, claro. En este supuesto, como te dije, te verás obligado a denunciar y demostrar esas horas extras en otros servicios, para lo que deberías acudir a tu comité de empresa.
PERMISOS RETRIBUIDOS
Hola:
Tengo una consulta que hacer, se ha casado mi hermana segun convenio al ser fuera me corresponden tres dias pero la empresa me dice que al coincidir con mis dias libres no da lugar al PERMISO RETRIBUIDO, ¿esto es asi?
Un saludo
Tengo una consulta que hacer, se ha casado mi hermana segun convenio al ser fuera me corresponden tres dias pero la empresa me dice que al coincidir con mis dias libres no da lugar al PERMISO RETRIBUIDO, ¿esto es asi?
Un saludo
menchu2410- Agente Seguridad Privada
- Mensajes : 14
Fecha de inscripción : 19/06/2011
Re: Publicación en el BOE del convenio colectivo de empresas de seguridad privada 2009-2011
No, no es así. Tienes derecho a que se te abone ese permiso retribuido tanto si trabajas en la fecha como si no. Me parece que te quieren tangar.
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