Sentencia 1016/10 del TSJ de Sevilla sobre retribución de los permisos a jornada ordinaria
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Sentencia 1016/10 del TSJ de Sevilla sobre retribución de los permisos a jornada ordinaria
Para concretar, esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla revoca la del Juzgado de lo Social número DOS de los de HUELVA en sus autos n° 775/09. La sentencia del TSJ de Sevilla deja meridianamente claro que los permisos retribuidos y los días de libranza han de ser abonados como una jornada completa, esto es, casi 8 horas, y no las 5 horas y veinte minutos que las empresas acostumbran a abonarnos argumentando que es lo que suponen 162 horas divididas entre los treinta y un días del mes.
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